Luego de que la Corte Provincial de Ecuador negara la apelación a la acción de protección interpuesta por la periodista brasileña Manuela Picq el pasado 1 de octubre, su abogado anunció que el caso será presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de los Estados Americanos (OEA).
La acción de protección había sido solicitada por Picq para resarcir sus derechos constitucionales que, en su concepto, habían sido violados luego de su detención en Ecuador el pasado 13 de agosto, informó el abogado de Picq, Juan Pablo Albán, en conversación con el Centro Knight para el Periodismo en las Américas.
La detención de Picq se dio en el marco de manifestaciones que tuvieron lugar en Quito. Tras ser detenida, su visa fue revocada y Picq estuvo en peligro de ser deportada. Sin embargo, un juez determinó que las acusaciones presentadas por Ecuador no eran suficientes para su expulsión, reportó en su momento el diario O Globo.
Luego de que un primer juez le negara la acción de protección que buscaba resarcir sus derechos y que su visa fuera reactivada, Picq decidió abandonar voluntariamente Ecuador.
Sin embargo, con la decisión más reciente, Albán aseguró que se agotaron los recursos internos disponibles en Ecuador para que Picq pueda volver al país. Es por este motivo, que su caso será llevado a instancias internacionales como la CIDH.
Albán habló con el Centro Knight sobre sus argumentos de defensa en el caso de Picq y sobre el futuro de este caso.
Centro Knight: ¿Cuál es la situación actual del caso Manuela Picq?
Juan Pablo Albán: Lo que recibimos recientemente fue la decisión de la Corte de Apelaciones Provincial, que es como se llama en Ecuador, [de negación] sobre la acción de protección por la violación de los derechos a la libertad de expresión, a la integridad personal, a la igualdad ante la ley y al debido proceso. La acción de protección, que se conoce en otros lados como acción de amparo, una vez es agotada en el ordenamiento interno no hay otras posibilidades.
En ese sentido nos estamos preparando para acudir ante la CIDH, vamos a pedir justamente que sus derechos humanos sean respetados. Nuestro plan es asegurar que de esta manera pueda volver al Ecuador.
CK: A pesar de la poca información que hay de parte del Gobierno, uno de los argumentos dados por éste para su detención fue que Manuela se encontraba en el país bajo un estatus migratorio que le impedía participar de actividades políticas. ¿Cuál era el estatus migratorio de Manuela en el momento de su detención y qué tan cierto es este señalamiento?
JPA: Es cierto que tenía una visa migratoria conocida como visa 12-VIII de intercambio cultural. Lo que es falso es que tuviera prohibido algún tipo de actividad política, como participar de una protesta por el tipo de visado que tenía.
Bajo la constitución ecuatoriana los extranjeros que están en territorio ecuatoriano tienen los mismos derechos que un ciudadano ecuatoriano sin importar su estatus migratorio. Y el protestar, según el artículo 66 número 13 de nuestra constitución, está señalado como un derecho.
Pero además ella no estaba protestando, ella estaba haciendo la cobertura del evento como periodista que es, debido a que era corresponsal para diferentes medios internacionales. Ella estaba acompañando la marcha, pero no era parte de ella. Pero si lo hubiera estado, ese era también su derecho porque los extranjeros tienen los mismos derechos que tenemos los ecuatorianos y protestar es un derecho.
CK: A pesar de este argumento, las primeras informaciones señalaban una falta de claridad sobre el delito imputado a Manuela para que su visa fuera revocada. A lo largo de este proceso, ¿eso ha cambiado, hay más información al respecto?
JPA: En efecto en el pronunciamiento de la cancillería sobre la cancelación de la visa no se expone motivo alguno, pero durante la detención sí hubo una explicación.
La policía de inmigración dijo que la detuvieron porque su estatus migratorio era irregular. Pero esto [la detención] ocurrió el 13 de agosto y la cancelación de su vida fue el 14 de agosto. Es decir, la policía ve el futuro, sabía que iba a estar ‘ilegal’, por decirlo, en el Ecuador.
A lo largo de este proceso se han escudado en la facultad discrecional del Ecuador para conceder o no una visa. Lo que pasa es que están confundiendo discrecionalidad con arbitrariedad, cuando la constitución establece que toda decisión de los poderes públicos, no importa si es una decisión judicial o administrativa, las causas por las cuales se toma la decisión y las normales legales en las que se fundamenta la decisión deben estar explicadas.
CK: Ahora que están pensando en llevar el caso ante la CIDH, ¿éste será presentado por el sistema de petición tradicional o se pedirá una medida cautelar?
JPA: Vamos a presentar una petición de caso con una solicitud de medida cautelar.
Somos respetuosos de los procedimientos vamos a someter el caso por los canales regulares, pero lo que sí vamos a hacer es conversar con el Relator Especial para la Libertad de Expresión, Edison Lanza, porque en su momento Manuela le envió una comunicación explicando su situación, y le hemos pedido que esté pendiente de esta situación.
CK: ¿Considera que se trata de un ataque a la libertad de expresión de Manuela o una represalia por las actividades de su pareja como se dijo en su momento?
JPA: Para nosotros hay una víctima directa de los hechos que es Manuela a la que se le violan sus derechos a la integridad personal, libertad de movilidad, libertad de expresión, el derecho a la elección libre de lugar de residencia, a la libre circulación, a los derechos políticos, a la protección judicial, y a las garantías del debido proceso.
Pero también hay víctimas indirectas. No podemos perder de vista en qué quedaron de repente los estudiantes de Manuela, ella era profesora, y los estudiantes que se habían registrado para sus clases de repente fueron notificados que ya no vendría a dictar clase. Y también su pareja.
CK: ¿Cómo ve el futuro de este caso, cuánto tiempo considera deberán esperar antes de una solución?
JPA: Es difícil decirlo. Son procesos que tal vez se toman un tiempo excesivo, y que tienen que ver con la carga procesal que se maneja en la CIDH, incrementada sobre todo por la falta de asignación de recursos por parte de los Estado de la OEA.
Como va acompañada de un pedido de medidas cautelares por reglamento tal vez se le dé un trámite acelerado a la denuncia.
En el intermedio, también estamos esperando la respuesta de la cancillería a una apelación administrativa presentada luego de que la visa Mercosur que pidió Manuela fuera negada.
Nota del editor: Esta historia fue publicada originalmente en el blog Periodismo en las Américas del Centro Knight, el predecesor de LatAm Journalism Review.