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Costa Rica elimina el arresto por difamación, pero expertos dicen que la reforma queda corta

La noticia sobre la derogación de dos artículos de la Ley de Imprenta de Costa Rica fue recibida con optimismo por organizaciones defensoras de la libertad de prensa locales e internacionales.

Y no era para menos. La Ley de Imprenta, que data de 1902, castiga con penas de hasta 180 días de arresto a periodistas, editores y responsables de publicaciones por delitos de calumnia o injuria cometidos por medio de la prensa. Además, también castiga con la misma pena a quienes a través de publicaciones intenten “subvertir el orden” o afectar relaciones amistosas con otros Estados.

Con la aprobación por unanimidad (43 votos a favor y ninguno en contra), la Asamblea Legislativa del país aprobó la “Ley para la libertad del ejercicio periodístico” que deroga los artículos 7 y 8 de la mencionada ley que establecen estas penas.

“Este era un resabio normativo y una deuda pendiente de Costa Rica”, dijo a LatAm Journalism Review (LJR) Giselle Boza, coordinadora del Programa de Libertad de Expresión y Derecho a la Información (Proledi) de la Universidad de Costa Rica.

Boza explicó, por ejemplo, que las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos llamaron la atención del Estado sobre la existencia de esta ley del siglo pasado.

Organizaciones como el Instituto de Prensa y Libertad de Expresión (Iplex) o la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) mostraron su satisfacción por la decisión de la Asamblea. El Iplex manifestó que esta es una lucha de más de 20 años para eliminar “normas punitivas heredadas de un pasado autoritario”.

“La eliminación de estas sanciones penales no es un simple ajuste técnico: representa el reconocimiento de que en una democracia madura las ideas —aun las más incómodas— deben enfrentarse con argumentos, no con castigos”, dijo el Iplex en un comunicado.

Sin embargo, Boza, quien también se mostró “satisfecha” con la derogación, cree que el impacto de la aprobación de la reciente ley no será tan grande como se esperaría.

La Ley de Imprenta, dijo, establecía días de arresto y no penas de prisión. En sentido práctico y de acuerdo con el Código Penal del país las penas inferiores a 3 años, la personas no irían a la cárcel. Sin embargo, la derogación sí es importante, dijo Boza, porque evita la confusión entre días de arresto y penas de prisión.

“Es un avance importante, era necesario eliminar esa norma jurídica que todavía se continuaba citando en resoluciones judiciales, pero que todavía tenemos deudas pendientes en materia de despenalización de los delitos contra el honor sobre todo cuando el contenido son expresiones de interés público”, dijo Boza.

Justamente el hecho de que los delitos contra el honor estén sancionados en el Código Penal del país con días multas hacen muy gravoso el ejercicio periodístico, y hacen necesario, dijo, la despenalización completa de los delitos contra el honor.

A esto se suma la necesidad de establecer mecanismos anti-SLAPP, dijo Boza. Las llamadas SLAPP (Demanda estratégica contra la participación pública, por sus siglas en inglés) justamente hacen uso de sistema legal para obstaculizar algunos oficios como el periodismo. Según Boza, en el país se está volviendo común el uso de estas demandas, como el ocurrido contra un influencer y activista ambiental a quien se le embargaron todos sus bienes y cuentas luego de que representantes de un hotel presentaran una querella por afectar su nombre.

“[La reciente Ley] tiene un nombre muy grande. Creo que el cambio es cortito, necesario, pero insuficiente”, dijo Boza. “Me alegra el cambio, pero creo que para la libertad del ejercicio periodístico necesitamos muchas cosas más”.

Además de estas cuestiones, Boza destaca que aún no llega la sanción presidencial de esta ley. Es decir, aún no estaría en vigencia.

Una muerte “civil”

Como lo señala Boza, la preocupación por la criminalización en casos de difamación va más allá de las penas de cárcel.

Uno de los casos más emblemáticos es el del periodista Marlon Mora quien ya va para tres juicios en un caso de difamación y con una pena estimada en US $150.000. Desde 2019, Mora enfrenta una querella por difamación interpuesta por el excandidato presidencial Juan Diego Castro.

En 2017, Mora era el director del Canal 15 de la Universidad de Costa Rica (UCR). El Consejo Superior de la Universidad le pidió un espacio para uso de la Federación de Estudiantes. A finales de ese año nació “Suave un Toque” un programa de sátira política hecho por estudiantes y que era transmitido por ese canal. Su lema era: “En este noticiero todo es ridículo y absurdo, pero muy pocas cosas son inventadas”, publicó el medio Divergentes.

Hombre de traje beige con camisa azul hablando a una audiencia con un micrófono en su mano

Periodista Marlon Mora. (Foto: Cortesía)

El programa fue muy exitoso, le dijo MoraLJR. En una época en la que Facebook lideraba las redes sociales, el programa logró tener en menos de una semana más de 100.000 seguidores en esa plataforma, dijo Mora.

En vista de que se acercaban las elecciones de 2018, el programa hizo especiales sobre los candidatos. Uno de los programas estuvo enfocado en los tres candidatos que en ese momento lideraban las encuestas, entre ellos Castro.

Durante un poco más de seis minutos, la presentadora habla de Castro y de aspectos de su pasado como cuando siendo Ministro de Seguridad en 1995 llegó a la Asamblea Legislativa con policías, algunos armados con fusiles, revólveres y chalecos antibalas en protesta a una reforma al Código Penal. Por esto, recibió moción de censura por parte del Congreso.

Mora dijo que, tras la emisión del programa, Castro solicitó información sobre los estudiantes y el programa, pero nunca solicitó una corrección. En 2019, Castro presentó una denuncia penal contra Mora, la Universidad y el presentador del programa por difamación.

“Lo que dice [Castro] es ‘usted es el director del canal, y usted es responsable de lo que se publica en el canal. Y bajo su responsabilidad a mí se me afectó mi honor, mi decoro’”, dijo a LJR Marcela Rodríguez, abogada de Mora.

Desde el derecho a la libertad de expresión, dijo Rodríguez, la acusación contra Mora no tiene ninguna fundamentación legal. La petición de Castro implicaría que Mora hubiera incurrido en censura previa (evitando la publicación del programa) violando la libertad de expresión de los estudiantes. Pero, además, como director del canal, él no tenía decisión editorial en el programa.

En medio del primer juicio, que tuvo lugar en 2020, Castro y sus abogados abandonaron el proceso con el argumento de que estaban enfermos. Mora fue sobreseído. Sin embargo, dos años más tarde, Castro apeló y se inició un segundo juicio.

En ese segundo juicio, a Mora le hacen un embargo de bienes previo, lo que significa que sus cuentas bancarias y bienes son retenidos o congelados, dijo Rodríguez. Tanto la presentadora como la Universidad llegaron a un acuerdo con Castro por lo que solamente es Mora el que enfrenta el juicio.

En 2023, un tribunal condenó a Mora por los delitos de difamación y entre otras penas impuso publicar la sentencia completa de 194 páginas en un diario de circulación nacional. En cuentas de Mora toda la pena podría llegar a un estimado de US $150.000.

La decisión fue apelada y concedida, y por tal motivo se encuentra a la espera de un tercer juicio que ya ha sido reprogramado dos veces: su nueva fecha quedó para noviembre de 2026.

“Yo tengo una muerte civil”, dijo Mora quien explicó cómo debido al embargo de sus bienes y a todo el proceso judicial no ha vuelto a tener un empleo estable. E incluso en los trabajos que consigue como independiente tienen problemas para pagarle debido al congelamiento de sus cuentas.

Su caso, dijo Boza, demuestra cómo sin una pena de prisión los casos de difamación continúan afectando el trabajo periodístico.

“Todavía los jueces no están tan claros de la relevancia que tiene la protección de la prensa y de las expresiones de interés público en una sociedad democrática”, dijo Boza. “Hay un proyecto de ley para trasladar el tema de los delitos contra el honor convertirlas en sanciones civiles, pero recordemos que también la sanción civil podría resultar desproporcionada en algunos aspectos”.

Rodríguez, la abogada de Mora, cree que de ser sancionada la reciente ley podría ayudar en el caso del periodista. Pero como Boza cree que todavía falta por avanzar en la protección a la libertad de expresión.

“Es una cosa muy loca. Yo soy muy estable emocionalmente, entonces creo que eso me ha ayudado mucho a sobrellevar el asunto. Pero cualquiera para en loco con esto que me ha pasado”, dijo Mora.

Criminalización de la difamación y otras formas de persecución

Los diferentes organismos como la ONU, la Corte IDH, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han hechos llamados constantes para que los delitos como difamación, injuria y calumnia salgan de la ley penal.

En el caso de América Latina y el Caribe 29 de los 33 Estados mantienen la criminalización de estos delitos, según un informe de 2022. A nivel mundial, son 160 Estados los que penalizan la difamación.

La Unesco también ha sido de los órganos que “ha pedido reiteradamente la despenalización de la difamación”, dijo a LJR Tarja Turtia, jefa de la Sección de Libertad de Expresión y Seguridad de Periodistas de la Unesco. La petición busca estar en consonancia con los estipulado por el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que establece que la pena de prisión no es la sanción adecuada en estos casos, agregó Turtia.

Sin embargo, no es la única manera en la que se afecta el periodismo. En diferentes informes, la Unesco ha manifestado su preocupación por las SLAPP, sobre el uso de leyes financieras para presionar a periodistas y en general la “instrumentalización del sistema legal” que ha aumentado la censura en las redacciones.

“Las demandas judiciales abusivas contra periodistas son una preocupación prioritaria, no solo por las consecuencias financieras, psicológicas y legales que conllevan para quienes las sufren, sino también por su efecto inhibidor sobre la libertad de expresión en general”, dijo Turtia.

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