El Poder Judicial de Perú falló a favor de la periodista Perla Berríos en un proceso sobre hostigamiento moral sufrido por la profesional cuando trabajaba en el canal de televisión Latina, según reportó la revista Caretas el 17 de agosto.
De acuerdo con la periodista, ella fue despedida por negarse a leer los anuncios publicitarios como parte de las noticias, lo que también motivó un periodo de acoso moral en el trabajo, reconocido por la justicia peruana.
Tanto Berríos como la periodista Melissa Peschiera eran las presentadoras del noticiero 90 Matinal de la emisora Latina, y dejaron de aparecer en el aire el día 22 de octubre de 2015. En ese entonces, Berríos tenía siete meses de embarazo.
Las dos periodistas no comentaron los motivos de su salida del canal, pero al día siguiente de su despido, Peschiera se manifestó a través de su cuenta de Twitter contra "la arbitrariedad, la prepotencia, el abuso de poder, la maldad, la falta de humanidad y de respeto".
La columnista Patricia Salinas, de la revista Caretas, dijo que Berríos y su colega fueron despedidas porque se negaron a leer anuncios publicitarios como parte de las noticias que presentaban en el noticiero, sin dar aviso explícito a los telespectadores de que se trataba de un mensaje publicitario.
La periodista dijo que por exigencia de la empresa lo hizo "una o dos veces, pero sentía que iba contra mi ética disfrazar una publicidad de información". Berríos afirmó que intentó discutirlo con la dirección del noticiero en el canal, pero que, según la periodista, ellos le dijeron que "estaba perjudicando los intereses comerciales del canal".
"Cuando dije 'no más', Augusto Álvarez Rodrich, gerente de informaciones en ese momento, me dijo que entonces me tendría que sacar del noticiero. Y, después, un día me informó que ya no era necesario que vaya a trabajar, sin más explicaciones", dijo la periodista a Caretas.
Meses después, Berríos denunció a la empresa por hostigamiento moral. La justicia falló a su favor en primera instancia, con fundamentos que marcarán jurisprudencia por estar basados en una sentencia del Tribunal Constitucional.
"El tenor del contrato de trabajo suscrito entre las partes no se desprende de ninguna de sus cláusulas que la actora tenga como obligación emitir anuncios publicitarios de terceros, menos al momento de desempeñarse ya sea como reportera o conductora de los programas periodísticos", señaló la sentencia citada por Caretas. La decisión también establece que la exigencia de la empresa "transgrediría la dignidad de la demandante implicando actos contra la moral", de la periodista.
"Constituye una inobservancia a este principio difundir publicidad encubierta bajo la apariencia de noticias, opiniones periodísticas o material recreativo, sin advertir de manera clara su naturaleza publicitaria", sentenció la corte.
El canal Latina apeló la decisión judicial, y el proceso continuará en un tribunal de segunda instancia.
Al sitio del diario Perú21, Berríos - quien hoy trabaja en RPP Televisión - dijo considerar la decisión judicial como "una pequeña gran victoria". "[...] voy a seguir peleando hasta el final porque me parece un tema de fondo fundamental de la ética periodística. Los periodistas que amamos esta profesión entendemos cuáles son los valores irrenunciables que debe tener un periodista", afirmó.
Nota del editor: Esta historia fue publicada originalmente en el blog Periodismo en las Américas del Centro Knight, el predecesor de LatAm Journalism Review.