El gobierno peruano oficializó recientemente la creación de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo fin es asegurar la adecuada aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, promulgada hace 13 años, publicó el diario La República.
La Autoridad contará con un Tribunal Administrativo de Transparencia que resolverá en última instancia los recursos de apelación interpuestos por la ciudadanía contra las instituciones del Estado que se nieguen a entregar información de carácter público.
Sin embargo, al respecto, uno de los asesores que formó parte del equipo de especialistas que trabajó en la propuesta de la autoridad de transparencia al Ministerio de Justicia, el abogado peruano experto en derecho a la libertad de información Roberto Pereira, dijo a La República que se ha aprobado una autoridad de transparencia condenada al fracaso.
“El gobierno ha demostrado que no tiene voluntad para luchar contra la corrupción, por haber creado una Autoridad de Transparencia simbólica”, dijo Pereira.
Lo que presentó la comisión de expertos, dijo Pereira, fue parcialmente acogido por la Presidencia de Consejo de Ministros. “Se ha aprobado una Autoridad de Transparencia sin capacidad para promover la transparencia en el Estado”, enfatizó.
Asimismo, en entrevista con el Centro Knight para el Periodismo en las Américas, Pereira, dijo que en la propuesta del equipo de expertos que él integró, la Autoridad tenía competencias más robustas en materia normativa, de supervisión y de promoción de la transparencia, del acceso a la información pública y la protección de datos personales.
Por ejemplo, señaló, la Autoridad tenía la competencia para supervisar y resolver conflictos sobre clasificación de información. En ese contexto, explicó Pereira, esta podía revisar y modificar la clasificación de información realizada por las entidades del Estado.
Sin embargo, continuó, “la Autoridad que se ha creado no solo no tiene esa competencia, sino que, peor aún, ni siquiera podrá acceder a la información clasificada como ‘secreta’, ‘reservada’ o ‘confidencial’, por las entidades del Estado. Entonces, bastará con que estas clasifiquen la información para tornar incompetente a la Autoridad”.
De acuerdo con Pereira, la clasificación indebida de información es una de las conductas más graves de “secretismo estatal”, por lo que si se crea un organismo fiscalizador que no puede revisar esta decisión de clasificación y revocarla, no se podría hablar propiamente de una Autoridad.
El director ejecutivo del Instituto Peruano de Estudios Gubernamentales y Sociales, Diethell Columbus Murata, a través de su cuenta de Twitter, también lamentó que el gobierno no haya acogido íntegramente la propuesta de autoridad de transparencia presentada por los profesionales especialistas que trabajaron el tema desde un primer momento.
En la opinión de Columbus Murata, el Decreto Legislativo 1353 que creó la autoridad de transparencia debería ser observado o derogado por el propio gobierno o por el Congreso por tener atribuciones extra constitucionales.
No obstante, una de las ventajas de la concreta existencia de la autoridad de transparencia haría posible que por primera vez en Perú, según el blog noticioso LaMula, se sancione a un funcionario público que se niegue a entregar información pública.
Las sanciones previstas por dicha norma, publicó el diario oficial El Peruano, irían desde una amonestación escrita al funcionario o institución, hasta una suspensión sin goce de haber de entre 10 y 180 días. También contempla una multa máxima de hasta 19.750 nuevos soles (alrededor de USD $5.700), o la destitución e inhabilitación, dependiendo de la gravedad del caso.
Por su parte, la Defensoría del Pueblo, en un comunicado publicado en su sitio el 7 de enero, saludó la iniciativa del Poder Ejecutivo de crear la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información pública, por ser un hito fundamental en la lucha contra la corrupción, la promoción de la transparencia en el Estado y la defensa de los derechos fundamentales, entre otras cosas.
La idea de la creación de una autoridad de transparencia para regular las políticas de acceso a la información pública surgió a fines de 2012 por parte de la Defensoría.
El entonces Defensor del Pueblo, Eduardo Vega Luna, propuso al Poder Ejecutivo, mediante un Anteproyecto de Ley, la creación de un organismo técnico especializado, que tuviera autonomía técnica, funcional, administrativa, normativa y económica.
En la propuesta, la principal función de la Autoridad sería fiscalizar y sancionar los recurrentes incumplimientos de la ley de transparencia y acceso a la información pública por parte de los funcionarios públicos. Dicha entidad también tendría la autoridad y competencia de resolver controversias, establecer criterios vinculantes, capacitar a las instituciones y funcionarios públicos y promover el derecho a la información pública entre los ciudadanos, principalmente.
Según documentos de la Defensoría, esta propuesta fue hecha a partir de su experiencia institucional. Además, algunos aspectos de esta se trabajaron con el Banco Mundial. Todo con el fin de promover una cultura de transparencia en la administración estatal y, en consecuencia, un ejercicio efectivo del derecho a la información pública por parte de la población
Hasta la fecha, en los 13 años de vigencia de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Defensoría ha registrado 7 mil quejas por incumplimiento de la norma. También, ha capacitado a más de 3 mil funcionarios públicos y ciudadanos; y ha elaborado diversos manuales e informes referentes a la ley, publicó dicha institución en su sitio.
Pereira comentó que la propuesta que presentó su equipo tuvo como matriz central las ideas originalmente presentadas por la Defensoría. Sin embargo, señaló que la Presidencia del Consejo de Ministros solo ha tomado en cuenta aspectos accesorios o secundarios de la misma.
Sobre la propuesta, Pereira agregó: “Trabajamos durante 13 sesiones, escuchamos a la sociedad civil, tuvimos en cuenta los principales modelos comparados, la opinión de académicos, funcionarios internacionales que integran autoridades de cumplimiento”.
Sin embargo, agregó, “vimos con asombro como en pocos días nuestra propuesta era dejada de lado y transformada, progresivamente, en una institución cosmética, dominada por la improvisación, temores infundados hacia la transparencia y mucho desconocimiento sobre la materia”.
La Autoridad creada “es una dependencia más” del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, subrayó Pereira.
Por su parte, el presidente peruano Pedro Pablo Kuczynski declaró a la cadena radial RPP que no descarta que haya algún error que corregir en los decretos presentados al Poder Legislativo. No obstante, el presidente se mostró muy optimista de que contará con la colaboración del parlamento para su aprobación.
Dijo esto en referencia a todo el paquete de normas de los que forman parte los 108 decretos legislativos presentados el 7 de enero por el Poder Ejecutivo al Congreso, incluido el que creó la autoridad de transparencia -en el marco de los 90 días de facultades legislativas que el Congreso otorgó al Ejecutivo.
Si bien el decreto que creó la Autoridad se encuentra vigente desde que fue publicado, el Congreso podría revocarlo si entrara en contradicción con la constitución peruana o si no tuviera relación con las materias o temas para los cuales el parlamento entregó temporalmente facultades legislativas al Ejecutivo.
Según Pereira, este decreto no incurre en ninguno de tales supuestos, por lo que el Congreso no podría revocarlo. “Ahora bien, cosa distinta son los plazos de implementación que la propia norma contiene y que están relacionados con la emisión de su Reglamento, la elección de los miembros de la Autoridad y del Tribunal, y la puesta en funcionamiento de ambos”, acotó Pereira.
El Centro Knight consultó sin éxito a la Defensoría su posición sobre las omisiones de la creada Autoridad que cuestionan los juristas. Esta oficina presentará en los próximos días una opinión detallada al respecto.
Nota del editor: Esta historia fue publicada originalmente en el blog Periodismo en las Américas del Centro Knight, el predecesor de LatAm Journalism Review.