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Corte Suprema de Colombia defiende confidencialidad de las fuentes periodísticas

La empresa editorial colombiana Publicaciones Semana S.A. no tendrá que revelar las fuentes de información de uno de los reportajes de investigación publicados en su revista Dinero.

El 27 de febrero, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia falló a favor de Publicaciones Semana S.A. al determinar que la reserva de la fuente es esencial para la circulación de la información y su legitimidad, informó la Corte en su sitio web. “En el marco de la función social que cumple el periodismo, permite conocer aspectos que, de otra manera, serían ocultados o acallados”, añadió el organismo en su comunicado.

La Corte Suprema de Justicia sentenció que la reserva de la fuente se sustenta en la facultad que posee el periodista de abstenerse a revelar el origen, el contenido y/o la forma como accedió a la información con el fin de hacer conocer a la comunidad hechos de interés público, informó la institución en su sitio web.

Este caso se remonta a la publicación en 2013 del artículo Los pecados de Eike, por la revista Dinero de la editorial Publicaciones Semana. Este artículo periodístico mencionó “supuestas irregularidades” cometidas por la exviceministra de Aguas, Leyla Rojas, entonces responsable del tema de sostenibilidad del proyecto carbonífero CCX Colombia, propiedad del magnate de los negocios brasileño Eike Batista, según CNN en Español.

Por este artículo Rojas interpuso una demanda de responsabilidad civil alegando que la publicación la perjudicó. La demanda fue admitida por el Tribunal Superior de Bogotá, instancia que exigió a Publicaciones Semana revelar todas las evidencias en las que se basó el reportaje objeto de la demanda, incluyendo la información que intercambió el autor del artículo con sus fuentes.

Ante este pedido, Publicaciones Semana S.A. acudió a la Corte Suprema de Justicia, solicitando en su defensa una tutela jurídica. Esta figura es un mecanismo de protección inmediata de los derechos constitucionales que se vean vulnerados por la acción u omisión de cualquier autoridad pública y que consta en la Constitución.

La Sala Civil de la Corte negó a la empresa periodística dicha tutela el 7 de diciembre de 2017, hecho que fue posteriormente cuestionado por el nuevo vicepresidente de la Corte, Álvaro Fernando García.

García dijo a fines de enero al diario El Colombiano que el fallo de la Sala Civil de la Corte Suprema era “un error”. También sostuvo que los medios tienen el derecho a actuar y trabajar, y que “si no se les cuida la fuente, ¿dónde queda la sociedad? Se necesita una sociedad libre, no amordazada, y que nos enseñe que tenemos que recuperar valores para una sociedad democrática”.

La labor periodística, consignó la Corte Suprema en el fallo que favorece a Publicaciones Semana, “es un ejercicio del derecho a la libertad de expresión e información y, como tal, democrático, legítimo y ajustado a la Constitución Política”, informó la institución en su sitio. Las libertades de opinión y participación que se derivan de la libertad de expresión, continuó la Corte, contribuyen a generar espacios deliberativos y pluralistas dentro de una democracia.

La Asociación Colombiana de Medios de Comunicación (AMI), que representa a las principales periódicos y emisoras de radio y TV de Colombia, publicó en su sitio que el fallo de la Corte a favor del derecho a la reserva de las fuentes periodísticas ratifica “la rica y extensa jurisprudencia colombiana que siempre ha sido consistente en la defensa y protección de esta garantía constitucional”.

La AMI señaló también que la confidencialidad de las fuentes periodísticas es un pilar del ejercicio del periodismo, y que este es un bien esencial para la democracia.

Nota del editor: Esta historia fue publicada originalmente en el blog Periodismo en las Américas del Centro Knight, el predecesor de LatAm Journalism Review.

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