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Declaran improcedente denuncia de juez supremo contra el medio peruano Ojo Público

La denuncia del juez de la Corte Suprema de Justicia de Perú Javier Villa Stein contra el portal peruano de periodismo de investigación y de datos Ojo Público, por publicar un reportaje sobre su patrimonio financiero e inmobiliario, fue rechazada por la Dirección General de Protección de Datos Personales (DGPDP) del Ministerio de Justicia, informó Ojo Público.

El informe de la DGPDP sostiene que “debido al interés público por la información sobre los ingresos económicos del señor Javier Villa Stein, en virtud de su función en el Poder Judicial, Ojo Público y Elizabeth Salazar [autora del reportaje El Patrimonio Supremo del Juez Javier Villa Stein] no se encontraban obligados a solicitar el consentimiento para el tratamiento de datos personales del denunciante, y debido a que consintió conceder una entrevista periodística, no existía el deber de informar expresamente que su voz sería grabada”, publicó La República.

Asimismo, Óscar Castilla, director de Ojo Público, dijo en entrevista con el Centro Knight para el Periodismo en las Américas: “La contundente decisión del la DGPDP del Ministerio de Justicia es muy importante para la práctica periodística en el Perú, ya que se destaca la necesidad de los periodistas de investigación y de la opinión pública por conocer información patrimonial de un funcionario público, más aún si se trata de un magistrado de la Corte Suprema de Justicia, uno de los cargos más altos del Estado”.

El reportaje periodístico cuestionado por el juez, publicado por Ojo Público el 16 de marzo, se realizó con base en las declaraciones juradas hechas por Villa Stein ante la Contraloría General desde que este llegó a la Corte Suprema en 2004.

Sin embargo, en el mes de julio, Villa Stein, quien también fue presidente del Poder Judicial, denunció a Ojo Público ante la Autoridad Nacional de Datos personales, bajo el amparo de la Ley de Protección de Datos Personales, por publicar sus declaraciones juradas y el audio de la entrevista que él expresamente concedió al medio.

Dicho reportaje forma parte del especial “Los Supremos Jueces del Millón”.

En su denuncia, Villa Stein solicitó el “bloqueo inmediato” del reportaje de Ojo Público, por brindar estos datos inexactos y falsos, publicó Perú.21. “Que el bloqueo y retiro de las publicaciones sea tanto en sus portales como en otros medios de información donde hayan publicado estas informaciones”, expresó el juez.

Al respecto, Castilla contó que a fines de agosto y previo al fallo de la DGPDP, Ojo Público y representantes del Consejo de la Prensa Peruana sostuvieron una reunión con la ministra de Justicia, Marisol Pérez Tello y su equipo.

En dicha reunión, la ministra y sus colaboradores les informaron que la DGPDP resolvería la denuncia de Villa Stein buscando sentar un precedente en casos en que la ley de protección de datos personales entre en conflicto con la ley de transparencia y acceso a la información, dijo Castilla. “La resolución que rechaza la denuncia del juez así lo confirma”, agregó.

El caso de Villa Stein contra Ojo Público, sostuvo Castilla, marca un momento clave en el tratamiento periodístico de los datos personales, en los mecanismos de recolección de información utilizando la ley de transparencia.

“De ahora en adelante, los periodistas en Perú – más acostumbrados a ser enjuiciados por casos de difamación o denuncias civiles por daños y perjuicios – tendrán que analizar este caso de investigación cuando traten con datos personales en una investigación contra funcionarios públicos”, concluyó Castilla.

Nota del editor: Esta historia fue publicada originalmente en el blog Periodismo en las Américas del Centro Knight, el predecesor de LatAm Journalism Review.

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